El otro estatuto
Para terminar esta pequeña serie de posts sobre Eduardo Haro Tecglen, quiero poner su último artículo, sobre el Estatuto del periodista (o campaña antiblogosfera) que se está planteando estos días en el congreso.
A pesar de que Haro Tecglen tenía momentos de demagogia y virulencia, otras veces tenía momentos de terrible lucidez, a sus 81 años:
El otro estatutoSe está discutiendo en el Parlamento otro estatuto menos llamativo que el catalán, pero no menos inquietante: el de los periodistas. Suele ocurrir a cada cambio de régimen, y éste se hace muy tarde con respecto al régimen anterior, el de Franco. Aquél, con Juan Aparicio -tercer carnet de Falange Española- cubría todos los aspectos de la vida del periodista, desde su título original hasta su castigo. Lo odié y lo cumplí, como tantas cosas de cada vida de hombre, y lo transgredí abiertamente cuando encontré la manera o la circunstancia por las cuales se podía burlar. Únicamente: no firmé la declaración de una página del carnet que contenía la aceptación de principios del Movimiento Nacional. Si me hubieran obligado, lo hubiera hecho. El sentido político de mi vida iba mas allá de eso. Un régimen totalitario requiere siempre una respuesta posible. Ah, y si me hubieran obligado me hubiera puesto el uniforme de periodista, que aparece dibujado y relatado con la Gaceta de la Prensa Española: gris, con gorra de plato… Como no se ha derogado, todavía tenemos ese derecho; pero no es una obligación. La realidad es que sólo se pusieron ese uniforme los que tenían que trabajar en actos oficiales en que se requería. El periodista repele el uniforme como repele el estatuto: quiere tener toda la libertad de trabajar hasta donde le permitan, y un poco mas allá.
Con respecto a este estatuto, naturalmente menos fascista que aquél, puedo decir que me siento molesto de una manera general. Un periodista no debe tener más ni menos obligaciones que una persona cualquiera: las laborales deben estar regidas por los acuerdos de su sindicato y sus patronos, en este régimen, y las de la posibilidad de escribir no deben tener más límites que los del Código: es decir, lo que pesa sobre cualquier ciudadano. Como la libertad de prensa no es un derecho del periodista, sino del ciudadano: el periodista es quien la trabaja hasta el punto en que le dejen, y eso no lo va a resolver un estatuto, por muchas cláusulas de conciencia que establezca. Peor: porque cada definición que se haga de la libertad de prensa es, al mismo tiempo, una definición de cuántas cosas se pueden hacer al margen de ella. Y siempre, en esta profesión y todas las actividades de la vida, el derecho y la ley son siempre las del poder. Se ve cómo la Constitución, ley de leyes, ha servido para todo y para lo contrario, y cómo puede servir, si se quiere, para ser más dura que la falta de constitución.